Los procedimientos de desahucio van en aumento en los últimos meses. Paralelamente, también han crecido las dudas sobre cómo funcionan exactamente: plazos, costes, trámites…

Muchas de estas dudas han sido generadas por la falsa información que dan los medios de comunicación. Por eso vamos a intentar detallar cuáles son los plazos más importantes en un proceso de desahucio.

¿Qué plazos son importantes en la LAU?

En primer lugar, hay que partir de la base de que el contrato es lo más importante, porque contiene todas las cláusulas que regulan el alquiler. También se aplica la Ley de Arrendamientos Urbanos.

El plazo mínimo de duración del alquiler se pacta libremente por las partes, más un sistema de prórrogas anuales obligatorias hasta alcanzar el mínimo de cinco años de duración, si el pacto inicial hubiera sido por un plazo inferior.

Una vez transcurre ese plazo de cinco años, la ley contiene también un mecanismo de prórroga tácita, que da lugar a un nuevo plazo de tres años.

Aquí viene el primer plazo clave: El inquilino puede comunicar al casero, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, que no quiere renovarlo.

El casero o propietario, por su parte, también puede comunicar al inquilino que necesita la casa para para vivir él o sus familiares, siempre y cuando haya pasado ya un año del contrato y esté esta cláusula en él.

El plazo que tiene para comunicárselo al inquilino es de dos meses a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar. Es entonces cuando el inquilino tendrá que entregar las llaves y dejar la vivienda.

Es muy importante que estos plazos de comuniquen a través de Burofax o correo, dado que después se puede aportar como prueba al Juzgado. Cuidado con hacerlo por WhatsApp, que es mucho menos fiable en los Juzgados.

¿Y en el procedimiento judicial de desahucio?

Una vez de admite la demanda por el Juzgado, se notifica al inquilino que tiene diez días para dejar el inmueble y pagar las deudas que debe al casero, si se reclaman cantidades.

En ese mismo plazo de diez días podrá presentarse con abogado y procurador para presentar la oposición al desahucio. En la misma demanda ya se pone fecha de desahucio para el caso de que el inquilino no comparezca.

Si no se presenta ni paga, entonces se terminará el procedimiento y se hará el desahucio el día fijado.

En consecuencia, tanto para el propietario como para el inquilino los plazos son cortos y tasados, por lo que es muy importante no dejar pasar el tiempo y actuar con rapidez para no perder fuerza en el procedimiento de desahucio, especialmente si ya está en tramitación en el Juzgado.